Epseas

Las empresas que ya se encuentran registradas como Epsagros, pasarìan automàticamente a constituirse en Epseas, o se deben cumplir requisitos adicionales. Gracias

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Respuestas

  • Andrés felipe, buen día. De acuerdo a la Ley del SNIA en su Artículo 33. Habilitación de entidades prestadoras Para garantizar la calidad en la prestación del servicio de extensión agropecuaria, 
    toda EPSEA deberá registrarse y cumplir los requisitos que para ello disponga la Agencia de Desarrollo Rural (ADR). El registro y los requisitos se orientarán a garantizar que estas cumplan como mínimo los siguientes aspectos:
    1. Idoneidad del recurso humano, formación profesional y desarrollo de competencias.
    2. Experiencia relacionada con la prestación del servicio.
    3. Capacidades para desarrollar los Planes de Extensión Agropecuaria (PDEA), según los enfoques establecidos para los mismos, de acuerdo con el artículo 25 de la presente ley.
    4. Vínculo comprobable con organizaciones de formación, capacitación, ciencia, tecnología e
    innovación.

    5. capacidad financiera.
    6. Constitución y situación legal conforme.

    La Agencia de Desarrollo Rural (ADR) reglamentará los requisitos que trata el presente artículo, habilitará las EPSEA, publicará y actualizará el registro correspondiente.

    Te recomiendo estar atento a la página de la ADR para conocer de primera mano cuando sean publicados los requisitos anteriormente mencionados.  Agencia de Desarrollo Rural

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