CAMBIOS QUE TIENEN QUE VER CON LA REFORMA RURAL INTEGRAL EN EL NUEVO ACUERDO FINAL

PUNTO 1.  ACCESO Y USO DE LA TIERRA

La Reforma Rural integral (RRI) “Hacia un Nuevo Campo Colombiano", se fundamenta bajo los principios de transformación estructural, igualdad y enfoque de género, bienestar y buen vivir, priorización, integralidad, restablecimiento, regularización de la propiedad, derecho a la alimentación, participación, beneficio, impacto y medición, desarrollo sostenible, presencia del Estado, democratización del acceso y uso adecuado de la tierra y en el nuevo Acuerdo Final para La Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, se le suma el principio de Desarrollo integral del campo: “el desarrollo integral del campo depende de un adecuado balance entre las diferentes formas de producción existentes -agricultura familiar, agroindustria, turismo, agricultura comercial de escala-; de la competitividad y de la necesidad de promover y fomentar la inversión en el campo con visión empresarial y fines productivos como condición para su desarrollo; y de la promoción y fomento, en condiciones de equidad, de encadenamientos de la pequeña producción rural con otros modelos de producción, que podrán ser verticales u horizontales y en diferente escala. En todo caso se apoyará y protegerá la economía campesina, familiar y comunitaria procurando su desarrollo y fortalecimiento”.

Acceso y Uso de la Tierra

 

Fondo de Tierras para la RRI: El Fondo de Tierras, que tiene un carácter permanente, dispondrá de 3 millones de hectáreas durante sus primeros 12 años de creación y no 10 años cómo lo estipulaba el anterior acuerdo, las fuentes de donde provendrán las tierras siguen siendo las misma del acuerdo anterior y se especifica lo siguiente: “Los procedimientos de expropiación administrativa por motivos de interés social y utilidad pública y la extinción administrativa del derecho de dominio por inexplotación (extinción del dominio sobre tierras incultas) se aplicarán de conformidad con la Constitución y siguiendo los criterios establecidos en la leyes vigentes”.

 

Otros mecanismos para promover el acceso a  tierra: el subsidio integral para compra; así como el crédito especial para compra no tuvieron variaciones, pero se sumó a esta un tercer mecanismo “el Gobierno tramitará una ley con el fin de promover otras formas de acceso a tierras del Estado como la asignación de derechos de uso, en particular para pequeños y medianos productores en forma individual o asociativa solidaria”.

Personas beneficiarias: En el acuerdo anterior se dio prioridad a las mujeres rurales, mujeres cabeza de familia y a la población desplazada para ser beneficiarios y beneficiarias del plan de adjudicación gratuita y del subsidio integral y crédito especial, sin embargo en el nuevo acuerdo además de la población anteriormente nombrada se adiciona la población rural victimizada, incluyendo sus asociaciones de víctimas con este beneficio.  De igual manera se determinó que la selección de las personas beneficiarias no se hará solo con la participación de las comunidades locales-hombre y mujeres, sino que también contará con la participación de la autoridad administrativa competente quien elaborará, un registro único de posibles beneficiarios del plan de adjudicación gratuita y del subsidio integral que será utilizado como insumo para la implementación de éstos mecanismos, adicional se precisará un procedimiento expresamente definido  por la ley que incluirá requisitos y criterios objetivos y que atienda a la priorización antes señalada.

Formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad rural: Teniendo como objetivo regularizar y proteger los derechos de la pequeña y mediana propiedad rural, así como garantizar los derechos de las personas que sean legítimas dueñas y poseedoras de la tierra y emprender el camino hacia que una sociedad cuente con reglas claras para transar y acceder la propiedad sobre la tierra, en este nuevo acuerdo se convino que “el gobierno conformara un grupo de tres expertos/as en el tema de tierras que en un plazo no mayor a tres meses hará las recomendaciones de reformas normativas y de política pública que permitan en un tiempo limitado y cuando sea posible:

 

• Regularizar los derechos de propiedad de los propietarios, ocupantes y poseedores de buena fe, siempre que no haya despojo o mala fe

• Garantizar la función social y ecológica de la propiedad

• Facilitar el acceso a los trabajadores y trabajadoras sin tierra o con tierra insuficiente

• Promover el uso productivo de la tierra

 

Las propuestas de ajustes normativos a la legislación sobre tierras y de política pública deberán ser discutidos con los sectores interesados con el fin de buscar los consensos más amplios posibles, previo a su discusión en el Congreso de la República”.

 

Algunos mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso y de

fortalecimiento de la producción alimentaria: en este nuevo acuerdo se especificó que la instancia de alto nivel que se encargará de la formulación de los lineamientos generales de uso de la tierra se creará en el marco de las competencias del gobierno nacional, de igual manera se aclaró que los aspectos definidos a tener en cuenta en el acuerdo para los lineamientos generales, en ningún momento irán en perjuicio de las competencias que tienen  las autoridades locales para planificar y orientar el desarrollo del territorio de su jurisdicción así como la de regular el uso, transformación y ocupación del espacio articulado con las autoridades nacionales en el marco de la formulación y aprobación de los planes y esquemas de ordenamiento territorial.

Con respecto al Sistema General de Información Catastral, integral y multipropósito se especificó que el avaluó catastral se hará por parte de la autoridad competente en conformidad con la ley.

 

Cierre de la frontera agrícola y protección de zonas de reserva: En el punto donde se habla sobre los procesos de constitución de zonas de reserva campesina, se precisa que: “se harán por parte de la autoridad competente de conformidad con la normatividad vigente, el Gobierno, como resultado de mecanismos de concertación, definirá con las comunidades interesadas las áreas de cada una de ellas, atendiendo las necesidades de los campesinos que adelantan o quieran adelantar procesos de constitución”.

Los invito a leer el Nuevo Acuerdo Final

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Respuestas

  • Esta bien todo sin Amenazas del socialismok.

  • Parece ser que las mejores tierras que están en manos de unos pocos latifundios en este País no van a ser tocadas como se contempla en el Fondo de tierras.

  • Les envío un resumen del acuerdo de la Habana, que compete al tema agrario

    Hacia un Nuevo Campo Colombiano.docx

    • Pedro buena por el resumen solamente el primer punto de la RRI son 35 hojas de un total de 310 que tiene el acuerdo.

    • Pedro, muchas gracias por la información.

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