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Comentarios

  • El Estado colombiano ha incorporado varias modalidades de protección de la propiedad intelectual en la legislación nacional aplicadas a las innovaciones tecnológicas de las semillas y a los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) a través de derechos de obtentor vegetal y patentes. Adicionalmente, se han implementado otras normas sanitarias y fitosanitarias que permiten el control de la producción y comercialización de semillas y alimentos en todo el país.
    Que ha pasado con este concepto "Se crea el Sistema de Colecciones para la Agricultura y la Alimentación, en cabeza del MADR, quien controlara la conservación, producción, acceso, intercambio y comercialización de las semillas del agricultor. (Artículos 5 y 6). La titularidad de las colecciones biológicas y de los Bancos de Germoplasma pertenece a la Nación colombiana en cabeza del MADR, y la custodia y manejo de todos los recursos fitogenéticos estará a cargo de CORPOICA, entidad que puede transferir a terceros el germoplasma de conformidad con la normatividad vigente de propiedad intelectual".

    Que ha pasado con las multinacionales que tienen el negocio de semillas, especificamente en Colombia?

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